PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ARLINS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nros. V-18.645.354, representado por el abogado CARLOS STELIO AGUIRRE CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 147.057., en contra de la sociedad mercantil TU CEJISIMA 2012 C.A., y en consecuencia, declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS no contrarios a derecho, se reconoce la relación laboral, el tiempo de servicio, la remuneración devengada y, se condena a la parte demandada TU CEJISIMA 2012 C.A.,, al pago de la cantidad de Setenta y Tres mil Ciento Cincuenta bolívares con Treinta y Cincuenta y Seis Centimos (Bs. 73.150,56) por concepto de Prestaciones Sociales, Vacaciones, Bono Vacacional, utilidades fraccionadas y beneficio de alimentación, de conformidad con los artículos 131 de la Ley Orgánica del Trabajo y 142, 191, 131 y 196 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.