Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los co-demandantes José Manuel Carrión y José Gregorio, contra la decisión de fecha 29/09/2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión en los términos expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSÉ MANUEL CARRIÓN PIÑERO y JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA, ya identificados, en contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA VENEZOLANA DE DE CERÁMICAS, C.A., (VENCERÁMICA), y en consecuencia SE CONDENA a la accionada a dar cumplimiento a lo .....