En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION en la solicitud que por DAÑOS Y PERJUICIOS fue incoada por el ciudadano, PABLO DAVID SUAREZ FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.849.895, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS ALFONSO BASTIDAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 63.732, de este domicilio, contra la Empresa SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 12, Tomo 112-A Sgdo, el 02 de diciembre de 1992, inscrita en la Superintendencia de Seguros bajo el numero 108, de este domicilio, representada por la ciudadana JAKELINE CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad.