Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 13 de noviembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 13 de noviembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA la anterior decisión. TERCERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos BLANCO RIOS DANY GABRIEL y.....