DISPOSITIVA
Con fundamento a las razones de hecho y de derecho analizadas, este Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decide: Primero: Se Ordena la Aprehensión del ciudadano Girón Edwin José, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.699.371, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Alberto Rondón (v) y Elva Girón (v), residenciado en el Barrio 23 de Enero calle Coromoto, N° 54, La Victoría Estado Aragua, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal (derogado cometido en perjuicio presuntamente de la víctima ciudadana Avila Miriam Coromoto. Segundo: Líbrese la correspondiente Orden de Aprehensión y remítase la presente causa al Archivo Judicial hasta tanto se haga efectiva la captura del imputado y sea puestos a ordenes de este despacho. De conformidad con lo estable.....