Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano LEWIS ORLANETT ÁLVAREZ IBARRA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.723.406, debidamente asistido por la abogada Laura Capecchi, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.535, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en virtud del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 095-13, mediante la cual resolvió la destitución del querellante al cargo que desempeñaba en el referido Instituto.
2.- ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia:
2.1.- Se ordena citar al Director del Instituto Autónomo de Policía .....