´Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana: FRANCIS YOHANA MONTIEL MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-19.132.463, debidamente asistida en este acto por la abogado CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-4.232.996 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº190.600 y vista igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos LÓPEZ HERNÁNDEZ LUIS ALEXYS Y QUINTANA LUNA FÉLIX RENE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos N° V-9.437.342 y V-8.744.113, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos MARIA DE LA CONCEPCION MARTINEZ GOMEZ (Esposa), EBERTO JAVIER, ROMENIGUES JOSE, FRANCIS YOHANA, EMILE YOHANA, JARLY JOSE y VERONICA MARIA MONTIEL MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de.....