DISPOSITIVA
Con fuerza en los Razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado OCTAVO de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento; PRIMERO: se acuerda la aprehensión como Legitima en virtud de la CAPTURA Nº 010-19 emanada por este Tribunal en fecha 17-02-2019. SEGUNDO: Se acuerda dejar bajo deposito en el Órgano Aprehensor hasta el día MIERCOLES 09 DE JUNIO DEL 2021 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA TERCERO, Se acuerda fijar audiencia preliminar para el día MIERCOLES 09 DE JUNIO DEL 2021 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA , por auto separado. Así se decide. Dialícese, Publíquese, Regístrese y Déjese copia a los fines de su remisión a la Oficina de Archivo Judicial de esta sede Penal.
EL JUEZ
ABG. ANA MARÍA BLANCO SANDOVAL
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