Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para continuar conociendo y resolver de: PRIMERO: La Solicitud presentada por los ciudadanos: JOSÉ BENEDICTO CASTRO ROJAS y TERESA DE JESÚS FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nos. V-9.215.139 y V-9.435.890 y de este domicilio, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada AURORA ROJAS SÁNCHEZ, Inpreabogado N° 28.362, por CONSTITUCIÓN DE HOGAR.