este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
Primero: INADMISIBLE, la presente demanda por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA Y ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por JULIO CESAR SANTOS MARTINEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°203.325 en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos NORAIDA MERCEDES GONZALEZ JIMENEZ, JOSE GONZALEZ TRAVIEZO, YONNY RAFAEL GONZALEZ GIMENEZ, ROSAURA GONZALEZ GIMENEZ, SAUL RAMON GONZALEZ TRAVIEZO, CARMEN HOSALIDA GONZALEZ GIMENEZ y ROSALBO RAMON GONZALEZ JIMENEZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°-10.755.730, V-8.734.352, V-13.646.463, V-13.755.147, V-8.741.098, V-10.755.604 y V-12.612.232 contra la ciudadana LUZ MARÍA PEÑA, quien es venezolana.....