En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre sociedad mercantil PC GAME, C.A., domiciliada en Maturín, Estado Monagas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 14-01-2004, anotada bajo el Nro. 54, Tomo A, y con última modificación de sus Estatutos Sociales mediante Acta de Asamblea inscrita en el mencionado registro en fecha 23-01-06, bajo el Nro. 72, Tomo A-1; en su carácter de prestataria y a los ciudadanos LUIS RAFAEL RENDON, ZOILA CRUZ MUÑOZ DE RENDON Y HECTOR JOSE RENDON MUÑOZ, parte demandada; las partes, en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. E.....