DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano YORMAN ENRIQUE RODRIGUEZ OLIVARES, titular de la Cedula de Identidad V-17.198.706, Venezolano, Soltero, domiciliado en CIUDAD SOCIALISTA LOS AVIADORES,MANZANA 02, EDIFICIO 07, PISO 03, APTO. 05, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley contra la Corrupción, Se observa que el penado fue condenado a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 Código Penal. Así mismo se le participa que dicho PENADO se encuentra en libertad, pudiendo optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Ofíciese al Jefe de la Dirección Gene.....