DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADA la Transacción celebrada en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la ciudadana MARIA OLIVA CONTRERAS MOLINA, identificada con la cedula de identidad N° V-7.221.614, e abogada inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.167, quien actúa en su propio nombre y representación, contra la ciudadana GLADYS DEL CARMEN MOLINA PEREIRA, identificada con la cedula de identidad N°. V-9.391.628. En consecuencia, le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en los mismos términos y condiciones antes expresados, se ordena el cierre y el archivo definitivo del mismo.