Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por la ciudadana: GANIMEH DIAZ BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.271.252 en contra del ciudadano: LUIS EDGARDO VILERA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.084.599.
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.-