Se estableció en la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, hoy Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, a través del artículo 425 el procedimiento que debe seguir un trabajador que alegue haber sido despedido en forma injustificada y en tal razón solicita el reenganche a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se venia desempeñando y el pago de los salarios caídos correspondiente, procedimiento este que prevé la posibilidad de que la autoridad administrativa ejecute el reenganche, bien al inicio del procedimiento si las condiciones están dadas para ello o bien una vez que sea declarado con lugar el reenganche solicitado, tal como lo establece la misma norma, previendo la posibilidad incluso de hacer cumplir el reenganche ordenado de manera forzosa, contando el ente administrativo con Inspectores Ejecutores, que de acuerdo a la norma contenida en el artículo 512 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras , dentro de cuyas .....