En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la EJECUCION Y COMPUTO de la sanción impuesta al ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD)quien fue condenado a cumplir TRES (03) AÑOS DE PRIVATIVA DE LIBERTAD Y SIMULTANEAMENTE SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 628 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Vigente, en perjuicio del adolescente ARQUIMEDES RAFAEL GONZALEZ DIAZ (OCCISO). Se determina que ha permanecido detenido durante el proceso hasta el día de hoy por el lapso de de DOS (02) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y SEIS .....