Por los anteriores razonamientos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer los recursos de apelación interpuestos el primero de ellos por el abogado JORGE LUIS RODRÍGUEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano DARWIN JOSÉ PÉREZ MEJÍAS y el segundo por la abogada VIVIANA FAJARDO, en su condición de defensora pública de la ciudadana LUXINER ALEJANDRA HEREDIA HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: Se declaran SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos el primero de ellos por el abogado JORGE LUIS RODRÍGUEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano DARWIN JOSÉ PÉREZ MEJÍAS y el segundo por la abogada VIVIANA FAJARDO, en su condición de defensora pública de la ciudadana LUXINER ALEJANDRA HEREDIA HERNÁNDEZ, contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primer.....