Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en funciones de Noveno de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA: ABRIR JUICIO ORAL Y PÚBLICO al ciudadano SE ORDENA AUTO DE APERTURA A JUICIO, contra el ciudadano: RAFAEL NUÑEZ CORREA , titular de la cédula de identidad N° 8.033.655, de 59 años de edad, residenciado en: Urb. La esmeralda, manzana H-3 N° 57, vía san Diego, valencia estado Carabobo, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS QUIMICAS CONTROLADAS POR SER SUCEPTIBLES DE DESVÍO HACÍA LA PRODUCCIÓN ILÍCITA DE DROGAS, PREVISTO Y CASTIGADO EN EL ARTÍCULO 34, DE LA LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y ESTUPEFACIENTES, en perjuicio de la colectividad; por lo que las partes quedan emplazadas para que en el plazo de cinco (05) días concurran ante el Juez de Jui.....