Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este Juez dirimente de la Sala 2 del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la incidencia de inhibición planteada por la Dra. ADAS MARINA ARMAS DÍAZ, en su condición de Jueza Provisorio Integrante de la Sala 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la causa 2Aa-425-2024 (nomenclatura de esta Alzada).
SEGUNDO: Se ADMITE y declara CON LUGAR la inhibición, planteada por la Dra. ADAS MARINA ARMAS DÍAZ, en su condición de Jueza Provisoria Integrante de la Sala 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la causa 2Aa-425-2024 (nomenclatura de esta Alzada), relacionada con el recurso de apelación interpuesto por los abogados JACINTO BECERRA y JOSLEM MÁRQUEZ, en su carácter de apoderados judiciales de las víctimas YAMY CAROLINA ARAUJO CHA.....