Conforme a los razonamientos precedentes, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ALFOMBRAS Y FIELTROS IBERIA, C.A. (ALFICA), contra el acto administrativo Nº 0821-12 de fecha 15 de octubre de 2012, dictado por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), mediante el cual, certifica que la ciudadana ROSA DEL CARMEN REBOLLEDO, padece una enfermedad agravada por el trabajo que le ocasiona una discapacidad parcial y permanente, con limitaciones para halar, empujar, flexión, extensión del tronco de manera repetitiva, bipedestación prolonga, así como trabajar en superficie que vibre. En consecuencia, queda FIRME el acto recurrido.