Por las razones anteriormente consideradas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO por ABANDONO VOLUNTARIO, establecida en el numeral Segundo del Artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano MAITA JAIRO JOSE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No V- 12.151.911, de este domicilio, contra la ciudadana ALCENIA DEL VALLE LOPEZ GOITIA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad No V- 9.939.678; por encontrarse el demandante de autos incurso en una de las causales establecidas en el artículo 185 del código civil, ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 de la ley ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado completame.....