D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos JUAN ANTONIO MONTEZUMA VANDA y MARIA LOURDES PACHECO DE MONTEZUMA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.852.740 y V-3.891.637, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Autónomo " José Félix Ribas" del Estado Aragua, en fecha 17 de Marzo de 1.982, anotado bajo el Nº 51, del año 1.982, de los Libros de Registro Civil respectivos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Sucre y José Á.....