esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo pautado en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MIGUEL ANGEL HERNANDEZ SALAZAR, Fiscal Quincuagésimo Quinto (55) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia definitiva dictada el día 19 de mayo de 2011, por el Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por la Institución de la Admisión de los Hechos, que condenó a los ciudadanos JOHAN MANUEL RIVAS LOVERA y EMILIO ANTONIO GUTIERREZ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 18.529.019 y 13.790.875, respectivamente, por la comisión del delito de ROBO GENERICO a .....