Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana MIRNA CAROLINA RUIZ SIFONTES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 15.054.923, mediante el cual solicitó la fijación de la Obligación de Manutención, en beneficio de sus hijos PABLO GABRIEL VIERA RUIZ, YOSGHER ARMANDO VIERA RUIZ, YEFERSON JAVIER VIERA RUIZ Y YEISON ABRAHAM VIERA RUIZ, contra el ciudadano PABLO JAVIER VIERA Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 13.018.907.-
SEGUNDO : En atención a lo orientado por el Consejo de Protección de La Victoria, Este Trib.....