Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte accionante, en contra de la decisión dictada en fecha 09/07/2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la anterior decisión, por lo motivos antes expuestos. TERCERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad de acto administrativo ejercido por la sociedad mercantil CERVECERIA REGIONAL, C.A. contra, la Providencia Administrativa Nº Nº 00309-11 del 10 de octubre de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, con sede en la ciudad de Cagua es.....