Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Cuadragésima Tercera (43°) del Área Metropolitana de Caracas, abogada Marbella de Tescari, en su carácter de defensora de los ciudadanos Ayrton Ephanol Ramírez Suárez, Alexander Enrique Jiménez, y Lucelia Magdaniel Ramos, por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 30 de julio de 2009, conforme a lo dispuesto en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 30 de agosto de 2009, mediante la cual acordó imponer a los mencionados ciudadanos medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad a .....