"(...) En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO presentado por la parte actora ciudadano ANTONIO JOSE CABRICES CELIS, en contra de la empresa PEPSI COLA VENEZUELA, C.A.. suficientemente identificados en el cuerpo de esta decisión. (...)"