DISPOSITIVA
En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana ZULIS DIAZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.810.006, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano WILFREDO CAMPOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.649.656, en beneficio del ciudadano KEVIN DE JESUS. Consistente en la retención de las utilidades, el Salario mensual y las Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto las retenciones ordenadas, en consecuencia, ofíciese a la Empresa Autotex de Venezuela, a los fines del levantamiento de las mimas.