declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el abogado ENRIQUE ALEJANDRO MONTERO BETANCURT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.112, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DENARY SERVICE C.A, inscrita ante el Registro Mercantil I según Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de diciembre de 2001, inscrito en el Tomo 2-A-Pro, Nro. 19 del año 2002, contra la Providencia Administrativa Nro. 1150-04, de fecha 04 de octubre de 2004, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.