UNICO
Visto el escrito presentado por la abogada Maria Pino, con el carácter acreditado en autos, el Tribunal para proveer lo hace de la siguiente forma: La legitimación pasiva es seleccionada por el actor al introducir su libelo de demanda, en este caso las empresas TRANSPORTE DE SERVICIOS FRIUL, C,A Y SERVICIOS Y TRANSPORTE OTAYA C.A, representadas por el ciudadano OMAR TARCISIO TINEO BURRI, quien a su vez, es el conductor del vehiculo CLASE: CAMION, SERIAL DE CARROCERIA3AKJA6CG07DZ13414, PLACAS: 16DKAT, MARCA: FREIGHTLINER, SERIAL DE MOTOR: 06R0968888, MODELO: TRACTO CAMION C, AÑO: 2.000, COLOR: AMARILLO, CLASES: SEMI REMOLQUE, TIPO: LOW-BOY, USO: CARGA, si observamos el contenido del articulo 192 de la Ley de Transito Terrestre, se observa que el conductor, el propietario y la empresa aseguradora tienen legitimación tanto activa como pasiva, para ser sujetos procesales en una causa de indemnización de daños y perjuicios derivados de una acción civil, si esta argumentación la a.....