visto igualmente el contenido del auto de fecha 27 de Febrero de 2008, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Parágrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser consignado dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su publicación, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que la parte interesada consignó el mismo fuera del referido lapso, es por lo que este Tribunal Superior, declara DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo, por el Ciudadano Abogado: José Rafael Córdova, en su carácter de Apoderado Judicial de Agropecuaria Fuerzas Integradas, C.A., contra la Providencia Administrativa Nro. 109-2006, de fecha 14 de Agosto de 2006, emanada de la Inspectoría del Trabajo de San Juan de los Morros, Estado Guáric.....