En consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la remisión del cuaderno de intimación a los Juzgados de Juicio de Primera Instancia del Trabajo que por distribución corresponda, en razón de la COMPETENCIA FUNCIONAL, ya que le está dado su conocimiento a los citados Tribunales, una vez transcurrido en lapso de ley, con fundamento al criterio jurisprudencial señalado. Y así se decide. Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada de la presente decisión. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas