El Tribunal Ejecutor de Medidas, oída la anterior exposición acuerda de conformidad y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara Embargados Preventivamente los bienes muebles supra identificados, los cuales ascienden a un monto total aproximado de Un Mil Setecientos Cincuenta Bolívares ( Bs1.750,00) a juicio del Perito Avaluador designado y los pone en posesión del Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., en la persona del ciudadano Henri García, quien los recibe en este acto en el estado arriba descrito; asimismo ordena mantener la comisión en este Tribunal y acuerda fijar un nuevo traslado una vez que sea solicitada por la parte actora debidamente asistido por sus abogados.