este Tribunal da por consumado el desistimiento del procedimiento, y le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 21 de abril de 2.004, mediante oficio N° 722/04, la cual recayó sobre el inmueble constituido por una unidad de vivienda y la parcela de terreno distinguido con el N° 43, de la calle F, comprendida dentro del proyecto denominado Urbanización Santa Elena, Primera Etapa, ubicado en el lindero Oeste del Fundo Mamón Macho, adyacente al Cementerio Municipal de Palo Negro, conocido como sector Sana Elena del referido Fundo, jurisdicción del Municipio Autónomo Libertador del estado Aragua, con una superficie aproximada de ciento veinte metros cuadrados (120,00 mts2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: En (20,00 Mts.), con la parcela N° 41 de la calle F; SUR: En (20 Mts.), co.....