Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; DECLARA LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano FREDDY ENRIQUE GARCIA, quien es Venezolano, natural de San Antonio de Capayacuar, Estado Monagas, titular de la cedula de identidad N° V-16.697.536, fecha de nacimiento 12/01/1979, de 31 años de edad, hijo de Briceida Mercedes García, de profesión u oficio Ayudante de Albañileria, residenciado en el Sector Las Cocuizas, Carrera N° 02, Casa N° 70, Maturín, Estado Monagas; ello por haber cumplido a criterio de este Juzgador, con las obligaciones impuestas en el lapso fijado por este Tribunal; producto del otorgamiento a su favor de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena en fecha 21/02/2008. Todo se acordó de conformidad con lo dispuesto en los artículos 493 y 494 de nuestra Ley Adjetiva Penal.