DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes señalados este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PRESCRITA la presente acción civil por indemnización de Daño Moral y Material incoada por el demandante CHARLIE JOSE RIVAS GONZALEZ en contra de la codemandada TRANSPORTE SAN MATEO S.A., sociedad mercantil domiciliada en San Mateo, Estado Aragua, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Primero Civil, Mercantil, del trabajo y transito del Estado Aragua, en fecha 7 de Agosto de 1957 bajo el No. 118, Tomo; 11-2A, cuyo representante legal es el Director ciudadano; ROMULO CARDIER ARREAZA , Venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de Identidad nº : 3.241.887. Por no haber sido interrumpida debidamente conforme a las .....