DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: IBRAHIAMA TERIENA PEREZ ANDRADE y RODRIGO ANTONIO RONDON GUILLEN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.175.354 y 4.569.576 respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada Peggi Bracho Pauque, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 171.425.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en fecha quince (15) de agosto de 1.998, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta N° 418, Tomo III, del año 1998, insert.....