Este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA , visto que el acuerdo suscrito por las partes, no es contrario a Derecho ni al orden Publico y versa sobre derechos disponibles, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, y el ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, en los términos expuestos y se le otorga el CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
Dado Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Colonia Tovar a los Nueve (09) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve (2009).
199º y 150°
El Juez.
Abg. Gabriel Spadea Salerno
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