Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Mercantil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentaron los ciudadanos JIMMY YORDANO MONCADA CORRO, JHONYFREN MONCADA CORRO y JEANFRANK DE JESUS MONCADA CORRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-18.185.507, V-16.618.228 y V-15.585.072, respectivamente; representados en este proceso a través de su apoderada judicial, ciudadana LARIHIELY ELJURI, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 48.826; contra PUBLICIDAD YINA, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Segund.....