DECISION
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda, por Desalojo, incoada por el ciudadano RAMON ALFREDO POLANCO SCHULTREISS, anteriormente identificado en autos, a través de sus apoderadas judiciales abogadas: EDINER DIAZ HERNANDEZ y EIDY DIAZ HERNANDEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los el Nros. 101.156 y 112082, respectivamente, en contra del ciudadano RICARDO ENRIQUE BERMUDEZ DIAZ, titular de la cedula de identidad No. V-8.694.866, plenamente identificados en autos, sobre un inmueble ubicado en la calle.....