Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-SIN LUGAR las cuestiones previas.
-SIN LUGAR la falta de cualidad.
-CON LUGAR la demanda y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el siguiente inmueble: local Comercial N° 1, ubicado en la planta baja del edificio 1 del Conjunto Residencial Independencia ubicado en la Avenida Ayacucho Norte, entre calle Boyacá y Calle Rivas, Sector La Democracia, Maracay, Estado Aragua.
SEGUNDO: Pagar las costas del presente juicio.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Tercero De Los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry Del Estado Aragua, en Maracay, a los nueve (09) días del mes de octubre de 2008. Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Juez
Abg. Mary Ferná.....