En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la Cuestión Previa del Ordinal 3° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ciudadana MIREYA HERNANDEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.657.410, parte demandada, asistida por el Abogado en ejercicio RAFAEL GUILLERMO MALUENGA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 6281, en el juicio que por Desalojo intentó la abogada en ejercicio BILMA CARRILLO MORENO, Inpreabogado N°129.288, con la consecuencia jurídica pautada en el articulo 354 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA. CERTIFIQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado S.....