El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente PROTINAL C.A., contra la Resolución Nº HJI-100-01237 de fecha 22 de diciembre de 1988, emitida por la mencionada Dirección, notificada el 2 de mayo de 1989.
2.- NULA la Resolución antes identificada mediante la cual se confirmó la "Resolución Culminación de Sumario" Nº HRCE-540-501159, del 18 de mayo de 1988 y sendas planillas de liquidación identificadas con el mismo número 10-10-02-01-61-264, por la suma total de ciento veinte mil ochocientos setenta y tres bolívares con veintisiete céntimos (Bs. 120.873,27) ahora expresado en ciento veinte bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 120,87), por concepto de multa al no haberse retenido y enterado el impuesto sobre la renta por dividendos pagados.....