SE CONDENA al acusado JEAN CARLOS PEREZ RAMIREZ,), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el Artículo 42 segundo Aparte y AMENAZA a cumplir la pena de VEINTIUN (21) MESES DE PRISIÓN, pena esta que nace al aplicar lo previsto en el Artículo 37 del Código Penal, tomándose la normalmente aplicable la que resulto del termino medio, que a su vez es rebajada por aplicación de la rebaja especial prevista en el Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, mas las penas accesorias que prevé el artículo 66 en sus ordinales 2do de la Ley Especial que rige la materia. SEGUNDO: Se Ratifican las medidas de protección y seguridad contenidas en los ordinales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Especial que rige la materia a los fines de garantizar la integridad física y emocional de la víctima. TERCERO: Las presentaciones por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal de la circunscripción del Estado Monagas será en periodos de treintas