Por los razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 04 de Diciembre de 2014, sobre un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial El Lago II, Sector "B", letra y número B-1-1-3, Primer Piso, Edificio Número 1, Sector 13 de Enero, Mata Redonda, Municipio Girardot del estado Aragua, que posee una superficie de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42 M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: Con el apartamento B-1-1-4, SUR: Con apartamento B-1.1-2, ESTE: Con vacío del edificio y sistema de circulación vertical y OESTE: Con fachada oeste, documento protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot en fecha 20 de Ju.....