Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SUSPENDER EL CURSO DEL PROCESO que por DESALOJO tiene intentado el ciudadano EDMUNDO GONZALO CAVALIERI MARCHAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nº V-920.878 representada en este proceso por los ciudadanos ANTONIO DE GENNARO ALTAMURA y CARLA SEIJAS GARCÍA, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.507 y 100.394; contra la ciudadana MARITZA SOCORRO LAGUNA REYES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-3.411.203, la cual se encuentra representada en el proceso por la ciudadana NORMA ROJAS DUARTE, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.585; hasta que const.....