este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a los artículos 12 y 506 del Código de Procedimiento Civil y 13 de la Ley de Venta Con Reserva de Dominio y por todas las razones de hecho y de derecho, declara CON LUGAR la presente Resolución de Contrato de Venta Con Reserva de Dominio, interpuesta por ociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO contra la Sociedad Mercantil PAIVEN S.A, representada por su Presidente Ciudadano LUIS DANIEL MARTINEZ RODRIGUEZ, previamente identificados. En consecuencia:
¿ PRIMERO: Se da por resuelto el Contrato de Venta con Reserva de Dominio, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Maturín del Estado Monagas, en fecha 22 de Febrero del año 2.007, bajo el Nº 166.-
¿ SEGUNDO: Se ordena al Ciudadano LUIS DANIEL MARTINEZ RODRIGUEZ, en su carác.....