DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos LERIDA DE JESÚS CAMPOS DE SILVA y LUIS EDUARDO SILVA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-5.421.333 y V-6.288.641 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura de la Parroquia El Recreo, Departamento Libertador, Distrito Federal (hoy Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital), asentada bajo el Nº 526, Año 1983, de los libros de Matrimonios llevados por la referida Prefectura.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Tr.....