Por los argumento antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ADILIA MARÍA TORRES MONTAÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.255.186 a través de su apoderada judicial abogada ANA DEL VALLE CARABALLO ALBORNOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 212.615.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado de fecha 08.08.2017 proferida por el Tribunal Cuarto De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry Del Estado Aragua, por medio del cual se declaro con lugar la demanda de desalojo incoada por la ciudadana YOLANDA AGUILAR DE LOPES, titular de la cedula de identidad Nº V-4.135.925, contra la ciudadana ADILIA MARÍA TORRES MONTAÑEZ, titular de l.....