En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio por desafecto interpuesta por la ciudadana FANY ALICIA SANDIA RONDEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.191.376, contra el ciudadano RICHARD ANTONIO BENITEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.250.528.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 30 de Junio de 2003, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot Estado Aragua, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio N° 55, tomo II año 2003, inserta a estas actuaciones.
Los bienes adquiridos en la comunidad conyugal seran.....